EL PAPA RECONFIGURA LA BASÍLICA DE SANTA MARÍA LA MAYOR A TRAVÉS DE LA PUBLICACIÓN DE UN QUIRÓGRAFO (20/03/2024)

Con un Quirógrafo, el Santo Padre Francisco aprueba el nuevo Estatuto y el nuevo Reglamento del Capítulo de la Basílica liberiana y concede al Arzobispo lituano Makrickas todas las facultades para la aplicación de la nueva legislación. El Pontífice “libera” a los canónigos de toda tarea económica y administrativa y confía a Mons. Makrickas la representación legal, los actos de administración ordinaria y extraordinaria y otras tareas hasta la constitución de un nuevo Consejo de Administración. Reproducimos a continuación el texto completo del Quirógrafo, traducido del italiano:

Desde hace varios siglos, el Cabildo de la Basílica Papal de Santa María la Mayor custodia la venerada efigie de la Salus Populi Romani y la ilustre reliquia de la Sagrada Cuna, cuida del decoro de las celebraciones litúrgicas del Templo liberiano y acoge a los fieles que allí se congregan.

El 14 de diciembre de 2021, confié a un Comisario Extraordinario, asistido por una Comisión especial, la tarea de proveer a la reorganización de la vida del Cabildo y de la Basílica, para el mayor bien del pueblo de Dios.

Hoy, al final del encargo, considero oportuno liberar a los canónigos de las obligaciones económicas y administrativas, para que puedan plenamente dedicarse, plenamente y con renovado vigor, al acompañamiento espiritual y pastoral que los peregrinos de todo el mundo buscan y desean encontrar cuando cruzan el umbral del primer santuario mariano de Occidente. 

Por esta razón, inspirándose en los Principios y Criterios de la Constitución Apostólica Praeadicate Evangelium, se ha redactado un nuevo Estatuto y se ha elaborado un nuevo Reglamento del Cabildo de la Basílica Papal de Santa María la Mayor que, como se expone a continuación, por el presente Quirógrafo, apruebo.

Al mismo tiempo, confiero a S.E.R. Mons. Rolandas Makrickas, Arcipreste coadjutor de la Basílica Papal de Santa María la Mayor, todas las facultades necesarias para la moderación y la aplicación del nuevo Reglamento y para el gobierno del Cabildo. Dispongo, además, que continúe en el ejercicio de la Representación legal del Cabildo, y que conserve, hasta que el Consejo de Administración tome posesión, la potestad de realizar actos de ordinaria y extraordinaria administración. Por último, le atribuyo las funciones propias del Vicario del Arcipreste, del Delegado para la Pastoral y del Delegado de Administración, hasta los respectivos nombramientos.

Todo lo que aquí establezco tiene plena y estable vigencia, y no obstante cualquier disposición en contrario, aunque merezca especial mención, entrará en vigor en el momento de su publicación en L’Osservatore Romano y posteriormente se insertará en el Acta Apostolicae Sedis.

Dado en Roma, en San Juan de Letrán, el 19 de marzo de 2024, duodécimo del Pontificado.

FRANCISCO

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