SE DECRETA LA EXCOMUNIÓN DE OBISPOS Y SACERDOTES DE LA FRATERNIDAD SAN PÍO X (02/07/2026)
DECRETO
No obstante las advertencias dirigidas al Superior General de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X, el Obispo Alfonso de Galarreta, habiendo realizado un acto de naturaleza cismática mediante la consagración episcopal de cuatro presbíteros, sin mandato pontificio y contra la voluntad del Sumo Pontífice, ha incurrido ipso facto en las penas previstas por el can. 1387 y por el can. 1364 § 1 CIC 2021.
Declaro, entonces, a todos los efectos jurídicos, que tanto el mencionado Obispo Alfonso de Galarreta, como Pascal Schreiber, Michael Goldade, Michel Poinsinet de Sivry y Marc Hanappier han incurrido ipso facto en la excomunión latae sententiae reservada a la Sede Apostólica.
Declaro, además, que el Obispo Bernard Fellay, habiendo participado directamente en la celebración litúrgica como co-consagrante, adhiriéndose así públicamente al acto cismático, ha incurrido en la excomunión latae sententiae prevista por el can. 1364 § 1 CIC 2021.
Se advierte a los clérigos y a los fieles laicos a no adherirse al cisma de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X, porque incurrirían ipso facto en la pena de excomunión latae sententiae.
Desde el Palacio del Dicasterio, 2 de julio 2026
Víctor M. Card. Fernández
Prefecto
John J. Kennedy
Arzobispo titular de Ossero
Secretario de la Sección Disciplinaria
Mons. Armando Matteo
Secretario de la Sección Doctrinal
NOTA EXPLICATIVA
Desde los tiempos de San Pablo VI hasta los últimos encuentros, realizados recientemente en este Dicasterio, los múltiples intentos por conducir nuevamente a quienes se adhieren al movimiento iniciado por Mons. Marcel Lefebvre a la plena comunión con la Iglesia Católica han sido en vano. Dicha situación se ha agravado ulteriormente debido a las recientes consagraciones episcopales celebradas sin mandato pontificio, contra la voluntad del Santo Padre, en abierta violación del derecho canónico. Por tanto, este Dicasterio, en el fiel ejercicio de las funciones a éste encomendadas, considera necesario manifestar que dicho acto a configurado el delito de sisma, con las consecuencias canónicas para los ministros sagrados y para los fieles laicos involucrados. De hecho, como ya se declaró en 1988, “dicha desobediencia – que lleva consigo un rechazo práctico del Primado romano – constituye un acto cismático” (cf. Juan Pablo II, Carta ap. Eccelsia Dei, 3).
A este respecto, a partir de ahora:
1 Los ministros sagrados pertenecientes a la Fraternidad Sacerdotal San Pío X, se encuentran en cisma y deben, por tanto, ser considerados cismáticos (cf. Ecclesia Dei, 5 c; Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, Nota explicativa sobre la excomunión por cisma en la que incurren los adherentes al movimiento del Obispo Marcel Lefebvre, 24 de agosto de 1996, 5-6), por lo que están sujetos a la excomunión prevista por el derecho (can. 1364 § 1 del Código de Derecho Canónico).
2 En lo que respecta a los fieles laicos, se considerarán cismáticos y excomulgados aquellos que se adhieran formalmente a la Fraternidad Sacerdotal San Pío X en las condiciones establecidas en la Nota explicativa del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos de 1996 (cf. ibidem., 7), aún vigente, que este Dicasterio hace suya.
3 Se advierte, finalmente, al santo Pueblo de Dios que los ministros sagrados de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X administran los sacramentos de forma ilícita, y que el sacramento de la penitencia que ellos administran y el matrimonio que celebran son inválidos.
La Iglesia, como madre solícita, acogerá con sincero afecto y viva solicitud a todos aquellos que deseen volver a la plena comunión. Los Nuncios Apostólicos dispondrán los procedimientos que los Ordinarios podrán utilizar en los distintos casos.
Se exhorta, por último, a todos los fieles a permanecer firmes en la comunión con el Romano Pontífice, con los Obispos en comunión con él y con toda la Iglesia (cf. Lumen Gentium, 22; can. 751 del Código de Derecho Canónico), y a abstenerse de participar en las celebraciones y actividades promovidas por la citada Fraternidad Sacerdotal San Pío X.
Desde el Palacio del Dicasterio, 2 de julio 2026
Víctor M. Card. Fernández
Prefecto
John J. Kennedy
Arzobispo titular de Ossero
Secretario de la Sección Disciplinaria
Mons. Armando Matteo
Secretario de la Sección Doctrinal

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