INTRODUCCIÓN DE LÍMITE DE EDAD PARA PARTICIPAR EN LA ELECCIÓN DE OBISPOS EN IGLESIAS ORIENTALES: PUBLICACIÓN DEL MOTU PROPRIO “IAM PRIDEM” (17/04/2023)
El texto firmado por el Sumo Pontífice explica de entrada que han sido “las dificultades surgidas en los Sínodos de los Obispos de las Iglesias Patriarcales y Arzobispales Mayores, debido al número de Obispos eméritos que participan en ellos con voz activa, especialmente en la elección de Obispos y Jefes y Padres de las respectivas Iglesias sui iuris” (es decir, de propio derecho) las que han dado lugar a este cambio normativo. Dificultades que, por tanto, han llevado a los jerarcas de estas Iglesias a solicitar la norma que el Obispo de Roma ha estipulado en el documento que modifica los cánones 66, § 1, 102, 149 y 183 del Código de Cánones de las Iglesias Orientales.
La carta apostólica precisa que la nueva normativa, que entrará en vigor dentro de un mes, “no se aplicará” a los “Patriarcas, Arzobispos Mayores, Obispos Eparquiales y Exarcas ordenados Obispos” actualmente en funciones “aunque tengan más de ochenta años”.
Comentarios